ARMAMENTO DE SEGURIDAD OBLIGATORIO A BORDO:
Cuando navegas en las aguas territoriales francesas, ya sea en velero o en lancha a motor,El capitán tiene la responsabilidad de la presencia a bordo de ciertos equipos de seguridad obligatorios siempre que el barco mida entre 2,50 m y 24 m (incluidos veleros, dàriveurs y embarcaciones neumáticas).
En Francia, es la "division 240" la que especifica el material obligatorio a bordo de "embarcaciones, embarcaciones y barcos de recreo de uso personal o de formación con una eslora igual o inferior a 24 metros", material determinado en función de su zona de navegación con respecto a una protección. Se han definido cuatro zonas y a cada una de ellas le corresponde un equipo de seguridad mínimo obligatorio:
- Armamento básico Navegación hasta 2 millas de un refugio.
- Armamento lateral Navegación comprendida entre 2 y 6 millas de un refugio.
- Armamento semi-altura navegación incluida entre 6 y 60 millas de un refugio
- Armamento de alta mar navegación a una distancia superior a 60 millas de un refugio
Para recordar: un refugio es un lugar en la costa protegido donde se puede colocar un barco y su tripulación de manera segura en caso de tormenta o fuerte oleaje. Puede ser un puerto, una playa, una superficie de agua...
Atención, la elección de la distancia de navegación respecto a un refugio queda a discreción del patrón.depende de la categoría de diseño de la embarcacionPor ejemplo, si su barco es de categoría C, ha sido diseñado para navegación «cerca de la costa», en grandes bahías, grandes estuarios, lagos y ríos, durante los cuales los vientos pueden alcanzar hasta la fuerza 6 inclusive y las olas pueden alcanzar una altura significativa de hasta 2 m inclusive.
Por lo tanto, estarás interesado en el armamento básico y/o costero, pero no en el armamento semialto o de alta mar, ya que tu barco no está diseñado para navegar en "alta mar". Sin embargo, si tu barco es de categoría A, es decir, diseñado para la navegación en alta mar, podrías tener que embarcar equipo básico, costero, semialto o de alta mar.
El equipo básico incluye los siguientes equipos
– un chaleco salvavidas o un chaleco (por persona a bordo)
- un medio de señalización luminosa (linterna, proyector, etc.) - sujeto a cada chaleco para las embarcaciones de recreo.
- un dispositivo de achique fijo o móvil (excepto embarcaciones auto-bidireccionales)
– un dispositivo de lucha contra incendios (excepto VNM)
- un dispositivo de remolque
- una línea de fondeo o una ancla flotante (si la masa ligera >= 250 kg)
Bandera nacional (fuera de las aguas territoriales)
- 1 forma de conocer las mareas del día y de la zona
El armamento de costado incluye el armamento básico + la lista siguiente
- un dispositivo de localización y asistencia para una persona caída al agua (excepto embarcaciones con capacidad inferior a 5 adultos y todos los hinchables)
- un compás magnético (o sistema GPS)
- 3 luces rojas automáticas y manuales
- Una o varias cartas de navegación
- El reglamento internacional para prevenir abordajes en el mar (RIPAM)
- un documento resumen de la señalización
Un dispositivo de localización y asistencia para una persona caída al agua (por ejemplo, una boya de fer para montar a caballo) debe incluir el nombre y el número de matrícula de la embarcación.
Es importante (aunque no sea obligatorio) también incluir esta información en los chalecos salvavidas.
El armamento semi-altura incluye el armamento básico + costero + la siguiente lista
- un arnés por persona a bordo de un velero (uno por barco de motor)
– una balsa(s) de supervivencia o auxiliar(es) de rescate
- una radio VHF fija
- material para hacer la toma de datos, trazar y seguir una ruta
- un dispositivo de recepción de pronósticos meteorológicos
- el libro de fuegos actualizado
- la guía de mareas (excepto en el Mediterráneo)
- el diario de a bordo
- una maleta de primeros auxilios
El armamento para alta mar incluye el armamento básico + costero + semi alta mar + los dos equipos siguientes
- una radiobaliza de localización de siniestros
- una radio VHF portátil
Los chalecos salvavidas se definen en función de su flotabilidad. La norma CE proporciona un valor de flotabilidad tipo expresado en Newton (N). Se proponen tres familias en embarcaciones de recreo: los chalecos con una flotabilidad de 50 N, 100 N y 150 N. La division 240 define los requisitos de flotabilidad:
Básico (hasta 2 millas de un refugio): 50 Newtons
- Coster (hasta 6 millas de un refugio): 100 Newtons. Si la persona sabe nadar y lleva el chaleco puesto en todo momento, la flotabilidad puede ser de 50 Newtons
- Semihondureo y oceánico (a partir de 6 millas de un refugio): 150 Newtons
Desde el 1 de junio, la division 240 se ha adaptado a los navegantes recreativos: si navega en zona costera, entre 2 y 6 millas de un refugio, está permitido usar un chaleco de 50 Newtons si sabe nadar y si lo lleva puesto en todo momento (BO del 12 de mayo de 2019). De lo contrario, debe equiparse con chalecos de 100 Newtons. En cuanto a los niños, tenga en cuenta que si tienen menos de 1 año no se consideran en el cálculo del número de personas a bordo. En los buques, máquinas y embarcaciones de recreo sujetas al uso de equipo individual de flotabilidad (EIF), los niños de hasta 30 kg disponen de un EIF de 100 N de flotabilidad, independientemente de la distancia de separación de un refugio.
Asegúrese de mantener sus equipos de seguridad en buen estado de funcionamiento, de planificar las revisiones técnicas que le correspondan y de que esté listo para servir en caso de emergencia. Y si alquila un barco, no dude en verificar que esté completo, actualizado y en buen estado.
Buena navegacion.